El debate permanente y postergado en relación a los derechos humanos, acerca de cuál Estado es el único cuentadante y administrador sobre particulares o colectivos que suelen ser objetos de vulneración de tan sagrados y dignos derechos, nos obliga a recurrir a la antigua definición del Estado “conformado por las instituciones en sus poderes públicos, junto a los ciudadanos que cohabiten en un delimitado territorio”.
“La dignidad no consiste en tener honores, sino en merecerlos”. Aristóteles
Por: Pedro Vicente Rodríguez Calderón.- El debate permanente y postergado en relación a los derechos humanos, acerca de cuál Estado es el único cuentadante y administrador sobre particulares o colectivos que suelen ser objetos de vulneración de tan sagrados y dignos derechos, nos obliga a recurrir a la antigua definición del Estado “conformado por las instituciones en sus poderes públicos, junto a los ciudadanos que cohabiten en un delimitado territorio”.
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Desde esta mirada, queremos provocar el debate necesario sobre la observancia de coincidencias entre derechos humanos y derechos fundamentales para un Estado Nación, entendiendo la administración de ser garantes, junto a la posibilidad de vulneración, no solamente a las instituciones que conforman los poderes del estado; sino también a cualquier ciudadano de manera individual o colectiva, en su condición de persona natural o jurídica, pública o privada; que afecte y/o ponga en riesgo de vulneración, nuestros derechos fundamentales.
La Dignidad Humana, por principios, intenta resguardar y garantizar los derechos humanos universales. Los ciudadanos y ciudadanas conocen de ella, en la medida que el Estado proporciona tal conocimiento. Sobre los “Dirigentes” suele recaer la mayor responsabilidad, siendo un EDUCADOR un líder en los espacios de aprendizaje, siempre que modele con el ejemplo las acciones positivas requeridas para el conocimiento universal de calidad.
No puede ser líder educativo quien nunca haya dado una hora de clase y/o ponga en riesgo la formación del conocimiento de poblaciones colectivas y vulnerables como nuestros niños, niñas y jóvenes. Quienes siendo docentes se suman a actitudes de vulneración de la Dignidad, se convierten en violadores de DDHH.
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Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.